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LA PAZ 21-06-21

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El ministro de Justicia y Transparencia Institucional, Iván Lima, confirmó este lunes que la reforma a la ley Marcelo Quiroga Santa Cruz sancionará a los administradores de justicia que incurran en mora procesal y retardación de justicia injustificada, con hasta seis años de privación de libertad.

«La política definida por el presidente (Luis Arce) es de cero tolerancia a la corrupción y esta política tuvo dos ejes importantes, no olvidemos que Justicia es, ahora, Justicia y Transparencia Institucional, es el nombre completo de nuestro Ministerio y la política de transparencia parte de no generar, no permitir, de ninguna manera, impunidad», subrayó el ministro Lima, según una nota de prensa.

La Ley de Fortalecimiento para la Lucha Contra la Corrupción, en su artículo primero señala que el objeto de la misma es “fortalecer los mecanismos y procedimientos establecidos en el marco de la Ley 004 de 2010 de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas ‘Marcelo Quiroga Santa Cruz’, del Código Penal y del Código de Procedimiento Penal, destinados a investigar, procesar y sancionar actos de corrupción cometidos por servidoras y servidores públicos y exservidoras y exservidores públicos, en el ejercicio de sus funciones”.

También establece sanciones a personas naturales o jurídicas y representantes legales de personas jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras que comprometan o afecten recursos del Estado, así como efectivizar la recuperación del patrimonio afectado del Estado a través de los órganos jurisdiccionales competentes.

Respecto al trabajo de los administradores de justicia, el artículo 177 establece sanciones relacionadas a la retardación y la mora procesal.
«La jueza, juez, fiscal, servidora o servidor público que, administrando justicia y después de haber sido requerido por las partes y de vencidos los términos legales, injustificadamente, retarde el cumplimiento de actos propios de su función, en los plazos previstos en leyes procedimentales, será sancionado con privación de libertad de tres (3) a seis (6) años e inhabilitación», se lee.

El Ministro Lima calificó anteriormente a la retardación de justicia como efecto “de la burocracia indolente” que afecta a litigantes y procesados. Dijo que normas como la Ley de Interoperabilidad de la justicia permitirán subsanar los efectos nocivos de la acumulación de la carga procesal.

MCM / Agencia Boliviana de Información

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